¿Se puede desgravar la mejora en la fachada de un edificio?
A la hora de la reforma de un edificio, muchas personas tienen la duda de si se desgrava la rehabilitación de fachadas o no. Y es que las normas vigentes se modifican con el paso del tiempo, por lo que te explicaremos a continuación todo lo que tienes que saber sobre la desgravación de inmuebles y en qué casos no se pueden deducir los impuestos.
Índice
Qué dice la ley sobre desgravar la rehabilitación de fachadas
Según lo estipulado por la ley, a partir del 2013 ya no se puede desgravar la rehabilitación de fachadas pertenecientes a inmuebles de uso habitual, excepto los casos en que el arrendador o propietario busque deducir los gastos de un edificio en alquiler para sustituir, mejorar o reemplazar elementos ya existentes.
Asimismo, el Real Decreto 2066/2008 asume la desgravación de reformas durante el periodo 2009-2012 que estén relacionados con la mejora de la eficiencia energética, la salud y el uso de las energías renovables. Sin embargo, el Plan Estatal 2018-2021 recoge las subvenciones de fachadas a rehabilitar con el fin de fomentar el alquiler o compra de inmuebles.
Reformas que se pueden desgravar
Como mencionamos anteriormente, la ley desgrava la rehabilitación de fachadas con el fin de mejorar la calidad de vida de los habitantes con respecto a la seguridad, la accesibilidad y la eficiencia energética. Para eso, el Plan Estatal brinda algunas subversiones y ayudas del gobierno en los siguientes casos:
Conservación, seguridad y accesibilidad de inmuebles
El Plan Estatal de Viviendas vigente en la actualidad desgrava la rehabilitación de fachadas en edificios que necesitan un arreglo de cimientos o estructura en general. La ayuda también incluye la colocación de ascensores o rampas de seguridad para facilitar el acceso a los diferentes pisos sin riesgos de accidentes.
Mejoras de la eficiencia energética de los edificios
En caso de que quieras realizar un cambio de ventanas o instalación de sistemas de calefacción para mejorar la eficiencia energética, puedes solicitar una ayuda para contribuir a la sostenibilidad de edificios residenciales.
Sin embargo, es necesario que tu inmueble cumpla con una serie de requisitos. Por ejemplo, este tipo de ayudas solo contempla la desgravación de fachadas construidas antes del 1996 y cuyo uso esté enfocado meramente a la residencia habitual para, así, mejorar el confort y la seguridad de los inquilinos o propietarios.
Adecuación de la vivienda para persona con discapacidad
En el caso de que dentro del edificio viva una persona con discapacidad, se puede desgravar la rehabilitación de una fachada para adecuar el inmueble a su condición mediante los incentivos fiscales existentes para esos propósitos.
Desde un punto de vista estatal, se incluyen las obras iniciadas antes del 2013 y finalizadas antes del 2017, otorgando una deducción de 12.080 euros. Así, se genera la posibilidad de una mejor inclusión entre los residentes en un edificio y la atención de casos excepcionales.
En qué casos no se desgrava la rehabilitación de fachadas
Como todo en la vida, existen excepciones en que no se puede desgravar la rehabilitación de una fachada. Entre ellas se encuentran los gastos de conservación de edificios como el pintado, el revoco de paredes y otras reparaciones similares.
También, están fuera de la deducción de viviendas los gastos de sustitución de calefacciones, ascensores, puertas de seguridad y otros elementos que se pueden reemplazar por causa del tiempo y uso.
Además de eso, no se desgrava la rehabilitación de garajes adquiridos en conjunto, los parques, los jardines, las instalaciones deportivas y cualquier otro espacio análogo. En pocas palabras, todo lo que esté relacionado con el uso normal de bienes materiales no se pueden desgravar.
Cantidad a desgravar y métodos de pago
Normalmente, el Real Decreto contempla una deducción a los contribuyentes con una base inferior a los 71.007,2 euros, aunque dichas cifras dependen de su nivel de ingresos. Es así como se estima que las cantidades máximas a desgravar de una rehabilitación de fachadas oscilarían los 4.000 euros anuales si la base es igual o inferior a los 53.007,20 euros.
Pero si el monto imponible oscila entre los 53.007,21 euros a 71.007,20 euros anuales, el límite es de 4.000-0,2 x (base imponible-33.007,20 euros). Y, aparte de eso, debes considerar que las cantidades que excedan dichos límites se pueden trasladar al siguiente ejercicio fiscal en un periodo máximo de cuatro años.
Esto es teniendo en cuenta la base acumulada tanto en las cantidades que fueron objeto de deducción como de los montos pendientes a deducir, por lo cual no pueden exceder los 20.000 euros por vivienda. Dicha cifra debe distribuirse a cada copropietario con derecho a reclamar la desgravación según su respectivo porcentaje de propiedad en el inmueble.
En cuanto a los métodos de pago, el Real Decreto exige que se pueda emitir una factura legal para justificar la rehabilitación de la fachada en tu edificio. De esta forma, se realiza la transacción mediante las siguientes vías:
- Transferencia bancaria
- Tarjeta de crédito
- Cheques nominativos
- Ingresos en cuentas bancarias
Todas estas vías son impuestas por el gobierno para evitar el pago en negro que pueda realizarse con el fin de eludir los impuestos del IVA a la hora de desgravar la rehabilitación de fachada de un edificio, vivienda o inmuebles en general.
Esperamos que este artículo te haya servido para saber si se desgrava la rehabilitación de fachada de tu edificio. En caso de que tu inmueble no cumpla con los requisitos, puedes contactarnos para darte orientaciones respecto a tu caso.